Esta guía ha sido elaborada a fin de orientar a los pueblos indígenas u originarios, y a sus organizaciones, sobre una de las condiciones establecidas en el marco de la Ley 27811 y en el Protocolo de Nagoya para la distribución de los beneficios derivados por el uso comercial de los conocimientos colectivos de los pueblos indígenas, como son los Contratos de Licencia por el uso de estos.
La guía está dirigida a miembros de los pueblos indígenas u originarios, y a sus organizaciones representativas, los que tienen derechos anteriores a la formación del Estado peruano, mantienen una cultura propia, un espacio territorial y se autorreconocen como tales, y pueden ser tanto amazónicos como andinos.
Esta guía explica en forma clara y sencilla lo que significa la distribución de los beneficios derivados del uso de los conocimientos colectivos, en el marco de lo dispuesto en la Ley 27811, así como las condiciones que deben considerarse en los contratos de licencia, a suscribir entre la organización representativa del pueblo que posee un conocimiento colectivo y el interesado en el uso comercial del mismo.